ARTÍCULO 23: Las atribuciones de los Miembros de la Junta Directiva de la FVT son las siguientes:
1. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PRESIDENTE:
a. Representar Judicial o extrajudicialmente a la FVT, por ante los distintos Organismos Públicos o Privados, pudiendo así mismo otorgar, sustituir y revocar Poder a abogado o abogados de su confianza, para que ejerzan la representación de la FVT, con las limitaciones establecidas en el mandato respectivo.
b) Convocar y presidir las asambleas y reuniones de la FVT y hacer uso del voto dirimente en caso de empate.
c) Firmar conjuntamente con el Tesorero, las órdenes de pago, cheques y todo otro documento de carácter financiero o económico, pudiendo abrir y cerrar cuentas en las instituciones que señale la Junta Directiva.
d) Firmar conjuntamente con el Secretario General, o la persona que designe el Presidente, cuando medien causas que puedan entrabar el funcionamiento de la Federación, las credenciales de los afiliados, las convocatorias, comunicaciones, diplomas, notas y demás documentos inherentes a su cargo.
e) Resolver los casos de urgencia, con la obligación de informar a la Junta Directiva, en la reunión inmediata siguiente.
f) Preparar en unión del Secretario y del Tesorero, el Informe Anual de Gestión y el Balance Económico.
g) Cualquier atribución no especificada en los Estatutos, pero inherentes al cargo de Presidente y máximo representante de las Entidades Deportivas.
2º ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL VICEPRESIDENTE
a) Cubrir las ausencias temporales del presidente en caso de no estar el respectivo suplente y/o cubrir la ausencia absoluta del Presidente, con todas las prerrogativas y atribuciones de dicho cargo hasta completar el período para los cuales fueron electos.
b) Supervisar, y sustituir el trabajo, de los demás miembros de la Junta Directiva cuando estos estén imposibilitados de hacerlo y por expreso mandato de la Junta Directiva, colaborando estrechamente con ellos en el desempeño de sus funciones.
c) Cualquier otra atribución no especificada aquí, pero inherente al cargo de Vicepresidente,de entidades similares.
3º ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO GENERAL:
a) Firmar conjuntamente con el presidente, todas las correspondencias y documentos emanados de la Federación Venezolana de Tae Kwon Do (FVT).
b) Levantar en cualquier reunión, un acta fiel de lo tratado y resuelto, una vez aprobado, transcribiéndola al libro de actas respectivo y hacerla firmar por todos los miembros de la Junta Directiva y/o los Delegados de las Asociaciones correspondientes, según el caso.
c) Llevar un control de las correspondencias recibidas o enviadas, así como del archivo correspondiente de las mismas y de cualquier otro documento emanado o recibido por la FVT.
d) Formar parte de la Comisión Revisora de Credenciales, en las Asambleas Generales.
e) Supervisar las actividades de las Asociaciones, las Comisiones Nacionales y los Comités de Apoyo, informando de ello a la Junta Directiva.
f) Elaborar Informe de Gestión, conjuntamente con el Presidente.
g) Cualquier otra atribución no especificada, pero inherente al cargo de Gerente de entidades similares.
4º ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL TESORERO:
a) Elaborar el proyecto de Presupuesto anual, para consideración de la Junta Directiva y presentar el Informe Económico, correspondiente a cada ejercicio.
b) Llevar una Contabilidad detallada y al día de todos los movimientos financieros de la FVT, conjuntamente con un personal administrativo contratado para tal fin.
c) Autorizar conjuntamente con el Presidente, toda erogación acordada por la Junta Directiva.
d) Llevar el archivo correspondiente de cualquiera de los documentos de ingresos y egresos de la FVT.
e) Abrir conjuntamente con el Presidente, cuentas bancarias y cualquier otra operación de carácter financiero, concerniente a los intereses de la FVT.
f) Elaborar proyectos de recaudación de fondos de la FVT.
g) En el caso que el Tesorero no posea título profesional especializado en el área, la Junta Directiva deberá contratar a un profesional que lleve la gestión financiera y administrativa de sus fondos, quien deberá prestar caución suficiente por el manejo de los recursos bajo su responsabilidad. Este profesional estará bajo la supervisión y control del tesorero y del presidente. Este profesional deberá ajustarse a los principios generales de contabilidad universalmente aceptados.
h) Cualquier otra atribución no especificada aquí, pero inherente al cargo de Tesorero de Entidades similares.
5º ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL VOCAL:
a) Cumplir y hacer cumplir este Estatuto, sus Reglamentos, Reglamento Disciplinario, Resoluciones y acuerdos emanados de la Asamblea y de la Junta Directiva.
b) Asistir a las Asambleas de la FVT y a las sesiones de la Junta Directiva.
c) Llevar un Registro General de las Asociaciones, Ligas y Clubes asociativos, Atletas, Entrenadores, Entrenadoras, Árbitros y Árbitras.
d) Cumplir las comisiones que le señalen la Asamblea o la Junta Directiva.
e) Llevar un registro del resultado de las competencias y demás actividades, tanto en el país como en el extranjero.
f) Las demás atribuciones que le señalen este Estatuto y sus Reglamentos.
6º ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS SUPLENTES:
Cada miembro de la Junta Directiva tendrá un suplente quien cubrirá las faltas temporales y absolutas de cada uno de ellos a excepción del suplente del presidente cuya única función será la de cubrir las faltas temporales de éste; ya que las faltas absolutas serán cubiertas por el vicepresidente.
Se entiende para los efectos del ordinal 14 del artículo 13 del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física como faltas absolutas la renuncia, muerte o ausencia de quienes ocupan los cargos de la Junta Directiva o al verificarse por parte de éstos la omisión de los deberes previstos en los numerales 5 y 10 del citado artículo.
Los suplentes serán convocados a reuniones ordinarias o extraordinarias y a las asambleas sólo si es solicitado por mandato expreso de la Junta Directiva. Tendrán derecho sólo a voz en caso de estar presentes en las deliberaciones y podrán cumplir cualquier función que designen los miembros de la Junta Directiva y la Asamblea de la FVT. Los suplentes podrán ocupar cualquier cargo que le asigne la Junta Directiva por ocurrirse una vacante del titular y su suplente hasta que la próxima asamblea de la FVT elija la referida vacante.